CFP IN apuesta por los avances en materia de gestión de riesgos psicosociales

7 junio, 2021

El pasado 15 de abril se publicaba el Criterio Técnico CT 104/2021, sobre actuaciones de la inspección de trabajo y seguridad social en riesgos psicosociales y desde CFP IN Servicio de Prevención os facilitamos un primer análisis de dicho Criterio Técnico.

El Criterio Técnico 104/2021 constituye un procedimiento para la acción inspectora que permite valorar la calidad de las evaluaciones y las medidas de gestión del riesgo con respecto a los riesgos psicosociales.

El Criterio Técnico se estructura en 3 actuaciones inspectoras:

  • Actuaciones de control de la gestión preventiva de los riesgos psicosociales.
  • Actuaciones por denuncias de exposición a riesgos psicosociales.
  • Actuaciones sobre daños a la salud y accidentes de trabajo por riesgos psicosociales.

El desarrollo de las actuaciones inspectoras puede dar origen a dos situaciones:

  1. La empresa no ha hecho la evaluación de riesgos psicosociales, o la misma está desfasada. En estos casos se efectuará siempre un requerimiento, sin perjuicio de lo previsto en el art.49 LISOS.
  2. La empresa ha realizado y mantiene actualizada la evaluación de riesgos psicosociales. En estos casos se comprobará la calidad de la misma, bajo los mismos criterios que otras disciplinas preventivas (implicación de la Dirección, consulta y participación de los trabajadores, cualificación del técnico evaluador, establecimiento de niveles de riesgo, elaboración de medidas preventivas, etc.).

Un aspecto que tiene gran relevancia en el Criterio Técnico, y que suele generar mucho debate, es la elección del procedimiento y el método o métodos de evaluación. La decisión en este aspecto recae, ineludiblemente, sobre el técnico evaluador, quien debe elegir la metodología de forma justificada técnicamente.

Recordar en este punto, que independientemente del método de evaluacion, siempre es requisito para la realización de la misma el compromiso de la dirección de la empresa y la participación de los trabajadores.

En el Criterio Técnico no se recoge ninguna metodología en particular, pero sí se hace hincapié en que la misma debe proporcionar confianza en su resultado. Para garantizar esta confianza, señala algunas cuestiones que deben cumplirse, dependiendo de si se trata de técnicas cuantitativas o cualitativas.

Técnicas cuantitativas (cuestionarios, escalas):

  • Deben sustentarse en un marco teórico, que permita el análisis y la interpretación de los resultados.
  • Deben contar con pruebas que garanticen que cumplen con criterios de validez y fiabilidad en las mediciones (que miden lo que dicen medir, y que lo hacen con precisión). A este respecto, se insiste en que es metodológicamente incorrecto emplear instrumentos de medida que no hayan sido puestos a prueba en cuanto a su grado de eficacia.
  • No se pueden utilizar para la evaluación de riesgos psicosociales encuestas de satisfacción o de clima laboral, sin perjuicio de su utilidad como información complementaria.
  • No se pueden introducir modificaciones o adaptaciones de los cuestionarios o escalas si el método validado no lo permite o no se cuenta con la autorización de sus autores.

Técnicas cualitativas (entrevistas, grupos de discusión):

  • El técnico que las realice debe contar con cualificación suficiente y formación específica.
  • Son más apropiadas para realizar evaluaciones en empresas pequeñas, o como complemento a la evaluación hecha con técnicas cuantitativas (imprescindible cuando se necesita ampliar o aclarar la información recogida con cuestionarios).

El Criterio Técnico deja claro que es ineludible el establecimiento de medidas preventivas, o al menos de un plan de acción para abordar los riesgos detectados, y que debe integrarse en la Planificación Preventiva del mismo modo que los demás riesgos laborales.

Para ayudar en el establecimiento de estas medidas preventivas, se indican tres niveles de intervención:

  • Medidas organizativas, o primarias. Combaten el riesgo en origen.
  • Medidas de afrontamiento, o secundarias. Proporcionan al trabajador recursos para afrontar los riesgos.
  • Medidas de rehabilitación, o terciarias. Ayudan a la recuperación del trabajador que ha sufrido daños a la salud.

Señala también el documento que corresponde a la Dirección de la empresa asumir la responsabilidad de seleccionar las medidas preventivas concretas, con el asesoramiento del servicio de prevención, y previa consulta a los delegados de prevención.

LA ADECUADA GESTIÓN DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES, LA ELIMINACION Y CONTROL DE LOS FACTORES DE RIESGO, NO SOLO AYUDAN A PRESERVAR LA SALUD, SINO QUE PROPORCIONAN GRANDES OPORTUNIDADES PARA OPTIMIZAR LA GESTIÓN EMPRESARIAL, EL APRENDIZAJE, LA INNOVACIÓN, LA MEJORA DE PROCESOS DE TRABAJO, LA IMPLICACIÓN DE QUIENES TRABAJAN, EL FOMENTO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL Y LA MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA LABORAL.