Vigilancia de la Salud
(Salud Laboral)
De acuerdo con el art. 22 de la Ley de Prevención de Riesgo Laborales la empresa está obligada a ofrecer a sus trabajadores/as una vigilancia periódica de su estado de salud en relación a los riesgos de su puesto de trabajo. Para ello, nuesro servicio de salud laboral realiza reconocimientos médicos específicos a dichos riesgos.
Al realizar los reconocimientos, analizamos el impacto que el trabajo tiene sobre la salud de las personas, de tal forma que la información recabada nos oriente a una toma de decisiones adecuadas para mejorar las condiciones de trabajo.
Por otra parte, en los exámenes médicos, de pretende identificar, tan pronto como sea posible, los efectos adversos del entorno labotral sobre el bienestar físico y mental, de tal manera que se pueda detectar precozmente las enfermedades profesionales y evitar la progresión hacia un mayor daño para la salud.
El objetivo es proteger la salud de las personas trabajadoras (física y mental, así como su bienestar social) tanto individual como colectiva.
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tus dudas
Llámanos al teléfono
943 444 274,
De Lunes a Jueves:
08:00 – 13:30 y 14:30 – 16:30 h
Viernes:
08:00 – 14:00 h
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Vigilancia de la Salud
Individual
Reconocimientos
Médicos
Especialmente Sensibles
(TES)
a la Autoridad Laboral
de Enfermedades Profesionales
Vigilancia de la Salud
Colectiva
Planificiación
de Vigilancia
de la Salud
de Vigilancia
de la Salud
Epidemiológico
de la Salud Colectiva
Vigilancia de la Salud
Colectiva
Reconocimientos
Médicos
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de Enfermedades Profesionales
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