La silicosis resurge de forma alarmante  

La silicosis resurge de forma alarmante  

La silicosis, una enfermedad tradicionalmente asociada a la minería, no sólo no está erradicada, sino que ha comenzado a afectar a nuevos sectores industriales, principalmente en la fabricación de aglomerados de cuarzo y el procesado de piedra natural, como el granito y la pizarra. Así se desprende del informe “La remergencia de la Silicosis en España”, que revela un incremento alarmante de casos en los últimos años, especialmente desde 2007.

Los datos han sido presentados por el Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) y el Ministerio de Sanidad en  una jornada técnica sobre el preocupante resurgimiento de la silicosis en España, una enfermedad pulmonar vinculada a la exposición laboral a la sílice cristalina.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha registrado 520 nuevos casos de silicosis en 2024. Desde la introducción del actual sistema de notificación (CEPROSS) en 2007, el número total de partes por silicosis asciende a 5.900. Lo más alarmante es que entre 2015 y 2019, los casos aumentaron un 1.423,2% en comparación con el periodo entre 1990 y 1994.

Durante la jornada, especialistas del INSST y otras organizaciones nacionales e internacionales destacaron la necesidad urgente de mejorar las mediciones de sílice cristalina en los entornos laborales. Olga Sebastián García, directora del Centro Nacional de Nuevas Tecnologías del INSST, y Cristina López Salinas, jefa de la Unidad Técnica de Agentes Químicos, subrayaron la importancia de implementar programas de control y prevención más rigurosos, como el Programa Interlaboratorios de Control de Calidad de Sílice Cristalina (PICC-Sil), para monitorear los niveles de exposición.

El informe en datos:

  • 4.418 partes de enfermedad profesional causadas por exposición a sílice cristalina entre 1990 y 2019, con un 96,1% de casos en hombres y un 3,9% en mujeres.
  • El sector de la fabricación de productos minerales no metálicos acumula el 50% de los casos.
  • Las regiones más afectadas son Galicia (32,9%), Castilla y León (14%) y Andalucía (10,3%).
  • Un aumento de casos en trabajadores jóvenes y una disminución en la edad media de los pacientes atendidos por silicosis.
  • La exposición a sílice cristalina está relacionada no solo con la silicosis, sino también con enfermedades respiratorias, cardiovasculares, autoinmunes y cáncer de pulmón.
  • 4.418 muertes por silicosis fueron registradas entre 1990 y 2020, lo que pone de manifiesto la gravedad del problema.
  • El Sistema Nacional de Salud financió el 97,5% de los costes sanitarios derivados de la silicosis entre 1997 y 2020.

Recomendaciones clave del estudio:

  1. Ampliar los estudios sobre la silicosis y otras enfermedades asociadas a la sílice cristalina, para obtener información más precisa sobre la situación médica y legal de los afectados.
  2. Reconocer el origen laboral de los casos de silicosis para una mayor implicación de la Seguridad Social en la financiación de los cuidados médicos.
  3. Expandir el reconocimiento de la silicosis a enfermedades inmunomediadas como la esclerodermia y la artritis reumatoide.
  4. Investigar más a fondo la exposición a la sílice cristalina en mujeres, para comprender mejor la extensión de los riesgos en este grupo.
  5. Fortalecer la vigilancia y el control de los sectores más afectados por la silicosis, como la fabricación de cuarzo y la minería.
  6. Prohibir o regular más estrictamente el uso de aglomerados de cuarzo, siguiendo los ejemplos de países como Australia y California.

El informe concluye con la necesidad urgente de que las autoridades públicas adopten medidas más estrictas para prevenir la silicosis y garantizar la protección de la salud de los trabajadores expuestos a este peligroso agente. El INSST, en su labor científica y técnica, continúa trabajando para crear entornos laborales más seguros y saludables, promoviendo políticas que ayuden a mitigar esta reemergente amenaza para la salud pública.

CFP IN y EIFFAGE aliadas para reforzar la seguridad laboral en proyectos de energía renovable

CFP IN y EIFFAGE aliadas para reforzar la seguridad laboral en proyectos de energía renovable

La seguridad laboral en los proyectos de renovables cuentan con un doble aliado: CFP IN y EIFFAGE. De este modo, CFP IN continúa proporcionando Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales y Recursos Preventivos en diversos proyectos de energía renovable en toda España para EIFFAGE, consolidando así el compromiso de ambas empresas con la seguridad laboral y la sostenibilidad.

Actualmente, CFP-IN está participando activamente en los siguientes parques eólicos, fotovoltaicos y plantas fotovoltaicas:

-Parque Eólico Becerril (Palencia)

-Parque Eólico Cerrato (Palencia)

-Parque Fotovoltaico de Lorca (Murcia)

-Parque Fotovoltaico de Guillena (Sevilla)

-Planta Fotovoltaica de Covatillas (Cuenca)

En estos proyectos, los técnicos en PRL y recursos preventivos desempeñan un papel esencial en la prevención de riesgos, asegurando que los trabajos se realicen en un entorno seguro. Durante la fase de construcción, las principales tareas que llevan a cabo incluyen:

-Coordinación en materia de seguridad y salud

-Inspección de seguridad y salud en parque/planta

-Elaboración de planes de autoprotección

Gracias a esta colaboración, se están implementando las mejores prácticas en materia de seguridad laboral en el sector de las energías renovables. 

Esta alianza refuerza el compromiso con la reducción de riesgos y la optimización de los procesos de construcción, contribuyendo así al desarrollo sostenible y a la transición energética en España.

Seguimos apostando por la seguridad y la prevención 

Nuevos vídeos formativos sobre salud laboral lanzados por Osalan

Nuevos vídeos formativos sobre salud laboral lanzados por Osalan

Osalan pone en marcha a lo largo del 2025, siete nuevas píldoras formativas para promocionar la salud en el entorno laboral. 

El formato, atractivo y didáctico se traslada a través de vídeos breves en los que se abordan diferentes asuntos relacionados con la prevención y la salud laboral, buenas prácticas aplicables tanto en el entorno personal como en la vida profesional. 

De este modo y a través de contenidos accesibles y muy prácticos se refuerzan los conocimientos en materia de prevención y bienestar. 

Adjuntamos el calendario de publicación de los vídeos y el contenido previsto 

FORMACIÓN: 1 píldora al cuatrimestre

30 enero: Procedimiento para la dermatosis laboral 

30 mayo: Prestación de riesgo durante el embarazo

30 septiembre: Persona trabajadora especialmente sensible 

PROMOCIÓN: 1 píldora al trimestre

4 marzo: Relación entre la alimentación y el trabajo

4 junio: Gestión del trabajo a turnos y nocturno

4 septiembre: La gestión del tiempo

4 diciembre: Gestión de la edad en las organizaciones

Prevención de riesgos laborales con perspectiva de género

Prevención de riesgos laborales con perspectiva de género

Este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, fecha para conmemorar la lucha por la igualdad de género, desde CFP IN, queremos aprovechar para invitaros a reflexionar sobre   los avances y desafíos en la prevención de riesgos laborales desde una perspectiva de género.

En los últimos años, la normativa en prevención de riesgos laborales ha evolucionado para incorporar medidas que aborden las diferencias entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, garantizando condiciones más seguras y equitativas para todas las personas trabajadoras. Un reto que era y sigue siendo necesario.

Una perspectiva de género en la prevención de riesgos

Las diferencias biológicas y socioculturales entre hombres y mujeres influyen en la exposición y respuesta a los riesgos laborales. Sectores con alta presencia femenina, como la sanidad, la educación o el comercio, presentan riesgos específicos que requieren medidas de prevención adaptadas. La normativa actual ha comenzado a reconocer estas particularidades, promoviendo la evaluación de riesgos con enfoque de género y la implementación de medidas específicas para garantizar la seguridad y la salud de las trabajadoras.

Avances normativos y desafíos pendientes

En los últimos años, diversas normativas han reforzado la necesidad de considerar la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales. En la Unión Europea, la Estrategia de Igualdad de Género 2020-2025 impulsa políticas que garanticen entornos de trabajo más seguros para las mujeres. En España, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Plan Estratégico de Igualdad en el Trabajo han integrado disposiciones específicas para la protección de la salud de las mujeres en el ámbito laboral.

Sin embargo, persisten desafíos. La infravaloración de los riesgos ergonómicos y psicosociales en sectores altamente feminizados, la brecha salarial que incide en el acceso a equipos de protección adecuados y la discriminación en el reconocimiento de enfermedades profesionales son problemas que requieren una atención urgente. La formación en prevención con perspectiva de género y la implementación de auditorías de riesgos laborales con enfoque inclusivo son pasos clave para avanzar en esta materia.

Compromiso empresarial e institucional

El papel de las empresas y las instituciones es fundamental para garantizar la igualdad de condiciones laborales. Es necesario reforzar la vigilancia y aplicación de las normativas existentes, así como fomentar políticas de conciliación que reduzcan la sobrecarga de trabajo no remunerado que recae mayoritariamente en las mujeres. Además, la participación de las trabajadoras en la toma de decisiones sobre prevención de riesgos es clave para diseñar medidas eficaces y adaptadas a sus necesidades reales.

En este día CFP IN aprovecha la oportunidad para recordar que la igualdad de género en el trabajo no solo es una cuestión de derechos, sino también de seguridad y bienestar laboral. Integrar la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales es un paso imprescindible hacia un entorno de trabajo más justo y seguro para todas y todos.

El desafío para abordar la prevención con perspectiva de género está vivo y en CFP IN lo tenemos muy presente a la hora de ayudar a nuestros clientes a superarlo.

Feliz 8 de marzo.

CFP IN participa como ponente en el taller sobre investigación en medicina y enfermería del trabajo en Bizkaia

CFP IN participa como ponente en el taller sobre investigación en medicina y enfermería del trabajo en Bizkaia

136 personas pertenecientes al personal sanitario de los servicios de prevención participaron en el taller “Investigación en Medicina y Enfermería del Trabajo. Asignatura pendiente”, organizado por Osalan, la Sociedad Vasca de Medicina del Trabajo y la Academia de Ciencias Médicas de Bilbao, en el que tuvimos el privilegio de participar como ponentes.

Durante la jornada se presentaron ejemplos prácticos y metodologías para fomentar la investigación en los equipos multidisciplinares de los servicios de prevención. Además, se resaltó el papel clave de la enfermería del trabajo en el liderazgo de proyectos de investigación y la importancia de la colaboración entre centros de investigación y el ámbito laboral para generar y validar hipótesis en la población trabajadora. Todo ello, con el objetivo de transferir conocimiento y mejorar las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores.

Miembros del Foro I+D+i de CFP IN Servicio de prevención, participaron en la ponencia “Investigación en Medicina y Enfermería del Trabajo. Asignatura pendiente”. Con el título «Foro I+D+i: Innovación para Transformar la Prevención en el Ámbito Laboral», los representantes de CFP IN presentaron su visión innovadora en la salud laboral y destacaron el papel del foro como un motor clave de innovación en la prevención de riesgos laborales.

Para CFP IN estas son las claves del foro:

1. Motor de cambio: El foro convierte ideas innovadoras en proyectos reales, promoviendo la transformación digital con herramientas tecnológicas y automatización de procesos.

2. Colaboración interdisciplinaria: Integra a profesionales de distintas áreas (medicina, enfermería, técnica, informática, comercial, gestión, etc.) para abordar desafíos desde diversas perspectivas.

3. Innovación estructurada destacando la importancia de una investigación bien estructurada para desarrollar soluciones efectivas y replicables en otros servicios de prevención. 

4. Transformación digital y herramientas innovadoras:

Con nuestra participación en esta ponencia, el Foro I+D+i de CFP IN reafirmó su compromiso con la investigación y la innovación en salud laboral, impulsando nuevas metodologías y herramientas que contribuyan a mejorar la seguridad y el bienestar en el entorno de trabajo.

El evento sirvió como espacio de reflexión sobre la situación actual de la investigación en salud laboral, destacando la importancia de mejorar su visibilidad e impacto en la prevención y salud tanto dentro como fuera del entorno laboral. Entre las principales conclusiones extraídas, se destacaron los siguientes puntos:

  1. La investigación realizada por el personal de los servicios de prevención debe ser valorada y difundida a través de foros especializados.
  2. El entorno laboral genera datos constantes que pueden aprovecharse como una valiosa fuente de información.
  3. La recogida sistemática y ordenada de estos datos, su estudio, interpretación y divulgación pueden contribuir significativamente a la investigación en medicina y enfermería del trabajo, permitiendo anticipar problemas y detectar oportunidades de mejora.

En definitiva, el taller sirvió entre otras cosas, para poner en valor nuestro foro de I+D+i y animarnos a seguir trabajando en esta línea. Contenido de la jornada (vídeos, fotos, …) en el siguiente enlace“Investigación en Medicina y Enfermería del Trabajo. Asignatura pendiente “

260.000 euros del Gobierno de Navarra para mejorar la seguridad y salud laboral de las pymes

260.000 euros del Gobierno de Navarra para mejorar la seguridad y salud laboral de las pymes

El Gobierno de Navarra ha habilitado una partida de 260.000 euros para subvencionar inversiones en equipos y entornos de trabajo que refuercen la seguridad y la salud laboral. Las ayudas están dirigidas a empresas con menos de 150 trabajadores y se asignarán bajo un sistema de evaluación individualizada.

El objetivo de esta convocatoria es procurar que las empresas adapten o renueven sus equipos y espacios laborales para atender las necesidades preventivas detectadas mediante la evaluación de riesgos. Las bases de la convocatoria se publicarán próximamente en el Boletín Oficial de Navarra (BON), y las ayudas, correspondientes al ejercicio 2025, cubrirán hasta el 25% de la inversión, con posibilidad de aumentar al 30% en ciertos casos, como la participación previa en el programa de visitas del Delegado Territorial de Prevención. El importe máximo por beneficiario será de 30.000 euros.

Entre las inversiones que podrán recibir apoyo se encuentran la adquisición o sustitución de equipos, mejoras en el entorno de trabajo y adaptaciones específicas para determinados puestos.

Esta iniciativa se enmarca en el Plan de Salud Laboral de Navarra 2022-2025, que busca reducir los accidentes laborales y mejorar las condiciones de trabajo. Desde 2009, el Servicio de Trabajo del Gobierno de Navarra, ahora integrado en el Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, impulsa este tipo de iniciativas como parte de su compromiso con la mejora de la seguridad laboral.

Descripción 

Gastos subvencionables:

Se subvencionarán las inversiones realizadas y pagadas entre el 2 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 (ambos inclusive).

Importe de las subvenciones:

El importe de la subvención será del 25 % del gasto subvencionable, IVA excluido, sin que en ningún caso la cuantía de la misma supere la cantidad de 30.000 euros por beneficiaria y año.

La cuantía de la ayuda será del 30 % si:

  • Se adoptan medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
  • La beneficiaria está reconocida como una entidad asociativa prioritaria o está integrada en una entidad asociativa prioritaria. 
  • En el caso de intervenciones en lugares de trabajo destinadas a ofrecer seguridad frente al riesgo de violencia externa (agresiones físicas). 
  • En el caso de intervenciones en lugares de trabajo realizadas con criterios de seguridad vial laboral. 
  • Se ha obtenido el sello InnovaRSE o TAMIRSE en cualquiera de sus fases en los últimos 5 años.
  • La empresa ha participado en el programa de visitas de la Delegada o del Delegado Territorial de Prevención en alguna convocatoria de los tres últimos años (hay que acreditarlo).

Pasos del procedimiento:

  • Declaración de transparencia: únicamente la deberán presentar aquellas empresas beneficiarias de la ayuda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la resolución de concesión.
  • Hasta el 31 de octubre de 2025 se deberá presentar la justificación de las ayudas conforme a la base 8 de la convocatoria.

Puedes consultar el contenido completo en el siguiente enlace: https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=37&modo=2&nota=0

Nueva actualización del Código de Prevención de Riesgos Laborales

Nueva actualización del Código de Prevención de Riesgos Laborales

El pasado 10 de enero, el 𝗕𝗼𝗹𝗲𝘁í𝗻 𝗢𝗳𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹 𝗱𝗲𝗹 𝗘𝘀𝘁𝗮𝗱𝗼 (𝗕𝗢𝗘) presentó la versión actualizada del Código de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), una herramienta clave para el cumplimiento y la mejora de la seguridad y la salud en el entorno laboral.

Esta actualización incorpora las novedades derivadas de la publicación del 3 de enero de la Ley 23/2015, del 21 de julio, que regula el Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

¿Qué novedades trae este código?

El Código de PRL reúne y actualiza una amplia gama de normativas esenciales para promover entornos laborales seguros y saludables. Entre sus principales contenidos destacan:

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción

NORMAS REGLAMENTARIAS

Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores

Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización

Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo

Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo

Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual

Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo

Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca

Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción

Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal

Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo

Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo

Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas

Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido

Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto

Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción

Real Decreto 486/2010, de 23 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales

Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos

Real Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las condiciones de trabajo en el sector pesquero

Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes. [Inclusión parcial]

Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral

Orden ESS/256/2018, de 12 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral

COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales .

Puedes consultar el contenido completo en el siguiente enlace: https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=37&modo=2&nota=0

CFP IN les desea Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo. Zorionak!

CFP IN les desea Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo. Zorionak!

En estas fechas, queremos tomarnos un momento para agradecer un año más tu compromiso de construir un entorno laboral más seguro y permitirnos caminar a tu lado en esta importante misión.

El fin de año es una buena ocasión para reflexionar sobre lo que realmente importa: la salud, el bienestar y la protección de quienes nos rodean.

Te deseamos unas fiestas llenas de paz, alegría y momentos inolvidables junto a tus seres queridos.

Que el 2025 te traiga nuevos retos, logros cumplidos y, por encima de todo, ¡mucho éxito en cada paso que des!
¡Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo!

“Desconectar para conectar”

“Desconectar para conectar”

El Instituto Vasco de Seguridad y Salud laboral (Osalan), ha puesto en marcha la campaña “Desconectar para conectar”, una iniciativa con la que se reivindica el derecho a la desconexión digital, así como la importancia de establecer límites saludables entre el trabajo y la vida personal.

“Desconectar para conectar” surge tras activarse Digitalan, una herramienta diseñada para evaluar la salud digital en el entorno laboral. Los resultados que Digitalan ha proporcionado desde que se inició su uso, ponen de manifiesto que muchas personas trabajadoras necesitan protocolos claros de desconexión digital en sus empresas, para equilibrar el tiempo personal y profesional. Una de las prácticas más comunes que afectan este equilibrio es la recepción y respuesta de correos electrónicos fuera del horario laboral, lo cual puede afectar el bienestar a largo plazo de los empleados.

En total, 2,419 personas evaluaron su salud digital a través de Digitalan, obteniendo los siguientes resultados:

  • El 61.55% (1,489 personas) reflejó una salud digital laboral no adecuada.
  • El 28.77% (696 personas) obtuvo una puntuación de salud digital poco adecuada.
  • Solo el 9.67% (234 personas) mostró una salud digital laboral adecuada.

La falta de protocolos de desconexión digital y la sensación de hiperconexión, junto con la escasa capacitación en el uso adecuado de las herramientas tecnológicas, son parte de las causas que han llevado a que un porcentaje tan elevado de trabajadores ponga en peligro su salud. Por todo ello se hace necesario que las empresas implementen medidas para mejorar el bienestar digital de sus empleados.

La campaña de octubre de Osalan se inspira precisamente en esta necesidad. Su mensaje promueve el derecho de los empleados a desconectarse de las herramientas digitales y de la comunicación laboral fuera de su horario de trabajo, animando a empresas y trabajadores a respetar el tiempo libre y disfrutarlo sin interrupciones laborales.

Además de potenciar el bienestar personal, Osalan señala que una desconexión adecuada también contribuye a un entorno laboral más eficiente y equilibrado. “Desconectar para conectar” invita a valorar la desconexión digital como un elemento esencial del bienestar, destacando que, al desconectar del trabajo, los empleados pueden reconectar con otros aspectos fundamentales de la vida, como la salud, la familia y el disfrute del tiempo libre.

Nuevo marco legal para garantizar la igualdad de las personas LGTBI en el entorno laboral

Nuevo marco legal para garantizar la igualdad de las personas LGTBI en el entorno laboral

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un Real Decreto impulsado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, con el objetivo de proteger los derechos de las personas LGTBI en las empresas. Esta normativa es el resultado de un acuerdo entre el Ministerio, los sindicatos CCOO y UGT, y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME, y desarrolla la ley diseñada para asegurar la igualdad real de las personas trans y la protección de los derechos de la comunidad LGTBI.

El nuevo marco legal se alinea con  la normativa laboral de la Unión Europea y con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, específicamente el ODS 10 sobre reducción de las desigualdades. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social supervisará el cumplimiento de estas disposiciones y el correcto ajuste de las medidas a los marcos legales.

¿A quién afecta?

Las medidas aprobadas serán de obligado cumplimiento para todas las empresas con más de 50 trabajadores, incluidas aquellas que operan a través de empresas de trabajo temporal. Además, se establece la creación de comisiones negociadoras dentro de los tres meses de entrada en vigor de la normativa, con un plazo de negociación de seis meses para acordar las medidas, en ausencia de convenio colectivo.

En caso de falta de acuerdo tras un periodo máximo de negociación, se aplicarán al menos las medidas mínimas previstas en el Real Decreto, que incluyen desde cláusulas de igualdad de trato hasta formación específica y protocolos de actuación.

Contenidos mínimos de las medidas

Las medidas establecidas por el Real Decreto abordan distintos aspectos del entorno laboral para asegurar la inclusión de la comunidad LGTBI:

  • Igualdad de trato: Se incluyen cláusulas contra la discriminación por orientación, identidad de género y características sexuales.
  • Acceso al empleo: Formación de personal de selección para garantizar un proceso inclusivo, con criterios claros que eviten la discriminación.
  • Clasificación y promoción profesional: Garantía de condiciones equitativas para el desarrollo de carrera profesional.
  • Formación y sensibilización: Las empresas deben implementar planes de formación con módulos sobre derechos de las personas LGTBI, enfocados en igualdad y no discriminación.
  • Entornos diversos: Las empresas promoverán una plantilla inclusiva, representando la diversidad en todas sus dimensiones.
  • Permisos y beneficios sociales: Adaptación de permisos y beneficios para las familias y parejas LGTBI, con especial atención a las necesidades de las personas trans.
  • Sanciones: Inclusión de infracciones y sanciones en los convenios por comportamientos que violen la libertad y derechos de las personas LGTBI.

Protocolo frente al acoso y la violencia LGTBI

La normativa exige la implementación de un protocolo ágil y confidencial para gestionar situaciones de acoso o violencia por motivos de orientación sexual o identidad de género, aplicable a empleados, solicitantes de empleo, proveedores, clientes y visitantes de la empresa. Entre las medidas, el protocolo prevé:

  • Agilidad, diligencia y rapidez en la investigación y resolución de la conducta denunciada que deben ser realizadas sin demoras indebidas.
  • Respeto y protección de la intimidad y dignidad a las personas afectadas.
  • Confidencialidad: las personas que intervienen en el procedimiento tienen deber de sigilo.
  • Protección suficiente de la víctima ante posibles represalias, atendiendo al cuidado de su seguridad y salud, teniendo en cuenta las posibles consecuencias tanto físicas como psicológicas.
  • Audiencia imparcial y un trato justo para todas las personas afectadas.
  • Restitución de las víctimas: si el acoso realizado se hubiera concretado en una modificación de las condiciones laborales de la víctima.
  • Prohibición expresa de represalias contra las personas que presenten una comunicación de denuncia por los medios habilitados para ello, comparezcan como testigos o ayuden o participen en una investigación sobre acoso.
  • Procedimiento de actuación para la presentación de la denuncia o queja, así como el plazo máximo para su resolución.
  • Medidas cautelares o preventivas que aparten a la víctima de la persona acosadora mientras se desarrolla el procedimiento de actuación hasta su resolución.
  • La comisión encargada deberá emitir un informe vinculante en los días hábiles acordados y desde que se convoca la Comisión, esta debe emitir un informe vinculante incoando un expediente sancionador o archivando la denuncia.

Este Real Decreto representa un avance significativo en la normativa laboral española en pro de la inclusión y protección de los derechos de las personas LGTBI, reforzando la creación de entornos de trabajo seguros y equitativos para todos los trabajadores.