Valoración de Compatibilidad
para Trabajadores con Discapacidad Reconocida
¿Tienes en plantilla a personas con discapacidad reconocida?
No todos los casos implican sensibilidad aumentada a los riesgos laborales, pero es fundamental valorar caso por caso para garantizar su seguridad y bienestar en el puesto.
En CFP IN te ayudamos a determinar si existe compatibilidad entre la discapacidad del trabajador y los riesgos de su puesto, tal como exige el Artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Tu Salud
- Vigilancia de la Salud
(Salud Laboral) - Vigilancia de la Salud
Individual - Reconocimientos Médicos
- Trabajadores/as Especialmente Sensibles (TES)
- Trabajadores/as sensibles a determinados riesgos (Art. 25 LPRL)
- Mujeres embarazadas o en periodo de lactancia (Art. 26 LPRL). Certificado de riesgo de embarazo
- Trabajadores/as menores de edad (Art. 27 LPRL). Certificado de tareas/trabajos prohibidos
- Trabajadores temporales (Art. 28 LPRL)
- Detección y Comunicación a la Autoridad Laboral de Enfermedades Profesionales
- Vigilancia de la Salud
Colectiva - Personas sanas,
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tus dudas
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943 444 274,
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08:00 – 13:30 y 14:30 – 16:30 h
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O rellena nuestro formulario aquí
Valoración de Compatibilidad
para Trabajadores con Discapacidad Reconocida
¿Tienes en plantilla a personas con discapacidad reconocida?
No todos los casos implican sensibilidad aumentada a los riesgos laborales, pero es fundamental valorar caso por caso para garantizar su seguridad y bienestar en el puesto.
En CFP IN te ayudamos a determinar si existe compatibilidad entre la discapacidad del trabajador y los riesgos de su puesto, tal como exige el Artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
¿En qué consiste el servicio?
- Análisis de la discapacidad y su relación con los riesgos del puesto.
- Reconocimiento médico específico con código A016 (Trabajador Especialmente Sensible).
- Emisión de un informe de aptitud con recomendaciones preventivas.
- Asesoramiento sobre adaptaciones o reubicaciones, si fueran necesarias.
Posibles resultados de la valoración
Según las conclusiones del reconocimiento, emitimos uno de estos tres tipos de aptitud:
- Apto sin limitaciones: Compatibilidad total con el puesto.
- Apto con limitaciones: Se especifican riesgos y adaptaciones necesarias.
- No apto para el puesto habitual: Se recomienda cambio de puesto o adaptación profunda.
¿Y si se necesita adaptar el puesto?
- Te asesoramos sobre las medidas necesarias para eliminar o reducir los riesgos.
- Si la adaptación no es posible, guidamos el proceso de cambio de puesto.
- Gestionamos toda la documentación técnica y médica asociada.
Documentación que gestionamos
- Informe médico de compatibilidad.
- Certificado de aptitud laboral.
- Recomendaciones técnicas de adaptación (si procede).
- Comunicación a la empresa y al departamento de PRL.
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