El Gobierno aprueba la nueva ley de mejora laboral para las empleadas del hogar

El Gobierno aprueba la nueva ley de mejora laboral para las empleadas del hogar

El Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, en su artículo primero ordena la modificación  de la LPRL y la inclusión de este colectivo en el ámbito de dicha Ley.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, queda modificada como sigue:

  • Se suprime el apartado 4 del artículo 3.
  • Se añade una disposición adicional decimoctava, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición adicional decimoctava. Protección de la seguridad y la salud en el trabajo de las personas trabajadoras en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. En el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, las personas trabajadoras tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en el ámbito de la prevención de la violencia contra las mujeres, teniendo en cuenta las características específicas del trabajo doméstico, en los términos y con las garantías que se prevean reglamentariamente a fin de asegurar su salud y seguridad.»

Respecto a las Enfermedades profesionales,
la norma establece también el compromiso de creación de una comisión de estudio cuyo objetivo es la inclusión de la perspectiva de género en el cuadro de enfermedades para que se identifiquen y se corrijan las deficiencias que existen en el ámbito de la protección ante las enfermedades profesionales de los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres.

En el plazo de seis meses desde la publicación de este Real decreto-ley, el Gobierno deberá aprobar el desarrollo reglamentario de la disposición adicional decimoctava de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

Toda la información puedes encontrarla aquí

¡URGENTE! El convenio del metal llega con importantes novedades

¡URGENTE! El convenio del metal llega con importantes novedades

  1. El nuevo convenio del metal introduce importantes cambios que afectan a todos los trabajadores por igual y que resumimos en este escrito.
  2. 1. Se establece un nuevo plazo de 4 años para impartir la formación del sector y se fija la fecha de 01/10/2022 como tope para que todas las empresas hayan formado a sus trabajadores.

2. Se mantienen las duraciones mínimas de la formación de reciclaje que seguirán teniendo un alcance mínimo de 4 horas y que será impartida cada 4 años (3 años en el III Convenio).

3. Se crea un nuevo modulo formativo:

C.6.1) Contenido formación para operarios dedicados a la instalación y mantenimiento de equipos contraincendio.

4. La acción formativa C1 Trabajos de fabricación, producción y transformación del hierro, del acero y de los metales no férreos, y primera transformación se desdobla en 2 acciones la C.1.1 y la C.1.2:

–           C.1.1 a) Operarios en trabajos de producción en la industria siderúrgica y de primera transformación.

–           C.1.1 b) Operarios en trabajos de mantenimiento en la industria siderúrgica y de primera transformación.

–           C.1.2 Contenido formativo para las restantes actividades del CNAE 24.

VII. Obligaciones de carácter general de las entidades homologada.

5. La obligación de entregar a las personas trabajadoras participantes en las acciones formativas un manual sobre los contenidos formativos recibidos, así como los diplomas correspondientes.

6. Imposibilidad de subcontratar la formación a otra entidad.

Para conocer más información puedes acceder al nuevo librillo que hemos preparado en CFP IN sobre este convenio.

Aprobada una nueva actualización de la «Estrategia de Vacunación frente a la COVID-19 en España»

La Comisión de Salud Pública ha aprobado una nueva actualización, la número 8, sobre la estrategia de vacunación en España para hacer frente a la COVID-19. Esta nueva disposición contempla que, teniendo en cuenta la mayor disponibilidad de vacunas, la situación epidemiológica y la entrada en el periodo estival, se podrá ir solapando la captación de diferentes grupos, manteniendo el orden de edad descendente, por cuestiones organizativas y de factibilidad. Además, destaca la importancia de hacer el esfuerzo de completar la vacunación en las personas de 40 años y más.

El documento recuerda que recientemente, se ha ampliado la indicación de la vacuna de Pfizer a personas a partir de 12 años y señala que, de momento, se llevará a cabo en el grupo de esta edad con condiciones de muy alto riesgo, grandes dependientes y quienes acuden a centros de atención a personas con discapacidad intelectual, centros tutelados y de educación especial.

Otro de los puntos que actualiza es la vacunación en embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, que se realizará con vacunas de ARNm cuando les corresponda según el grupo de priorización al que pertenezcan y en cualquier momento del embarazo.

Otros acuerdos:

  • La Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de la COVID-19

En cuanto a la “Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de la COVID-19”, la actualización incluye como novedad consideraciones especiales ante personas vacunadas cuando se entiende que han sido contactos estrechos de casos confirmados de COVID-19.

Así, se especifica que las personas que han recibido una pauta de vacunación completa y sean consideradas contacto estrecho estarán, de forma general, exentas de la cuarentena. En estos casos se establece además la realización de una PCR al inicio y otra a los siete días del último contacto con el caso confirmado y se recomendará evitar el contacto con personas vulnerables y no vacunadas.

Asimismo, se les indicará el uso de mascarilla en sus interacciones sociales, no acudir a eventos multitudinarios y realizar una vigilancia de la posible aparición de síntomas compatibles.

Otra de las novedades que incluye esta Estrategia tiene que ver con los estudios de cribado. En este sentido, sólo se recomienda su realización en determinadas situaciones y siempre bajo la recomendación de las autoridades de salud pública y añade que han de estar muy dirigidos y relacionados con una alta transmisión en el área geográfica o en la población diana del cribado, y con el objetivo de realizar una intervención de salud pública según los resultados.

  • Otros documentos de referencia:

Se han presentado asimismo otros documentos de referencia como la actualización de la “Guía para la prevención y control de la COVID-19 en las explotaciones agrícolas que vayan a contratar a personal temporero”, la actualización del “Procedimiento de actualización para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2” y las “Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2021-2022”.

CFP IN te informa de las novedades y cambios en la Formación bonificada en 2021

La formación profesional para el empleo seguirá manteniendo las medidas excepcionales establecidas con motivo de la pandemia,  focalizadas fundamentalmente en la higiene y la distancia interpersonal.  

Ya 2020 nos puso por delante el reto de mantener la formación aunque no pudiera ser de forma presencial lo que nos obligó a innovar y sobre todo, a utilizar de forma inteligente los recursos electrónicos.

Y lo cierto es que la nueva forma de funcionamiento ha llegado para quedarse, tal vez volvamos a los formatos presenciales, que son absolutamente deseables pero con toda seguridad los formatos on line tendrán mayor protagonismo.

Por todo ello y mientras la situación sanitaria no nos permita hacer otra cosa en CFP IN mantendremos el aula virtual, además de seguir con otros recursos que tan bien están funcionando, como la utilización de la firma digitalizada y la reducción de los plazos en las comunicaciones de inicio en el caso de la formación privada programada por las empresas.

El Ministerio de Trabajo ha considerado que durante este 2021 debemos ampliar y continuar con dichas medidas en la formación programada con cargo al crédito de formación del  que disponen las empresas durante dicho año, medidas de la Resolución de 15 de abril de 2020. Además el aula virtual se utilizará más allá que como mero medio complementario a la formación presencial.

Otra medida a la que se recurrió durante el 2020 fue la formación bimodal o “aula espejo”, gracias a la cual se pudo controlar en numerosas ocasiones el aforo permitiendo mezclar en una misma aula a alumnos presenciales y virtuales. Con este método la formación puede impartirse a un mayor número de participantes por lo que es una medida muy ventajosa.

Recordar que la utilización del aula virtual o la formación bimodal requerirá contar con un registro de conexiones donde se pueda identificar a los alumnos participantes, así como fechas y tiempo de conexión. Además el Sepe debe poder conectarse durante el tiempo lectivo para controlar que se cumple con lo establecido.

De mantener la formación depende la competitividad por ello CFP IN seguirá dando respuesta a todas las necesidades formativas que detecte.