CFP IN te ayuda en la implantación del protocolo de acoso laboral en tu empresa
La existencia y puesta en marcha del Protocolo de Acoso Laboral, de obligado cumplimiento para las empresas, es el motivo por el que desde hace unos meses la Inspección de trabajo está realizando un trabajo exhaustivo con el fin de comprobar que las empresas dispongan del citado protocolo.
Este protocolo es exigible para todas las empresas independientemente de su tamaño tal y como se recoge en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. En la citada norma se explicita que las empresas están obligadas a prevenir y reducir tanto los accidentes físicos como los riesgos psicosociales, y esto es exigible aunque la compañía tenga un único trabajador.
No contar con un protocolo de prevención de acoso laboral o por razón de sexo constituye una infracción que puede dar lugar a sanciones que pueden verse incrementadas si se dan en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.
Y tu empresa, ¿ya tiene el suyo?
Contáctanos y te ayudaremos
Flyer Protocolo Acoso Laboral con toda la información. Haz clic aquí