Trabajadores/as menores de edad (Art. 27 LPRL). Certificado de tareas/trabajos prohibidos.

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943 444 274,
De Lunes a Jueves:
08:00 – 13:30 y 14:30 – 16:30 h
Viernes:
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O rellena nuestro formulario aquí

¿Vas a contratar o ya tienes en plantilla a una persona de 16 -17 años?

Recuerda que, aunque la ley permite trabajar a partir de los 16 años, estos trabajadores son considerados “especialmente sensibles” por la normativa de prevención de riesgos laborales.
Esto significa que su contratación requiere gestiones previas obligatorias y una valoración específica de su puesto antes de iniciar la actividad.

En CFP IN te ayudamos a cumplir con el artículo 27 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y con el Real Decreto de 26 de julio de 1957, todavía vigente, garantizando que su puesto sea seguro, adecuado y conforme a la ley.

¿En qué consiste el servicio?

Valoración del puesto y de la trabajadora

Evaluación previa del puesto

Verificamos que las tareas asignadas no estén incluidas entre las prohibidas para menores y que el entorno de trabajo sea seguro.

Evaluación de la salud Reconocimientos médicos

Reconocimiento médico específico

Realizamos una valoración sanitaria adaptada a la edad, desarrollo y características del menor, como exige la normativa de trabajadores especialmente sensibles.

Trabajos prohibidos para menores

Trabajos prohibidos para menores

El Real Decreto de 26 de julio de 1957, todavía en vigor, regula los trabajos que no pueden ser realizados por menores de 18 años.

    Entre otros, están prohibidas las tareas que impliquen:

  • Exposición a agentes químicos, biológicos o radiaciones ionizantes.
  • Riesgos derivados del uso de explosivos, alta tensión o minería.
  • Manipulación de cargas peligrosas o trabajos en entornos insalubres o de riesgo grave.

Con CFP IN, te aseguras de que el puesto asignado sea legal, seguro y adaptado a su edad y madurez.

Antes de contratar, consulta

Antes de contratar, consulta

Planificar con antelación es clave.

En CFP IN te ayudamos a valorar previamente el puesto, cumplir con la normativa y proteger a los trabajadores jóvenes desde el primer día.

Contáctanos y te asesoramos sin compromiso.

Trabajadores/as menores de edad (Art. 27 LPRL). Certificado de tareas/trabajos prohibidos.

¿Vas a contratar o ya tienes en plantilla a una persona de 16 -17 años?

Recuerda que, aunque la ley permite trabajar a partir de los 16 años, estos trabajadores son considerados “especialmente sensibles” por la normativa de prevención de riesgos laborales.
Esto significa que su contratación requiere gestiones previas obligatorias y una valoración específica de su puesto antes de iniciar la actividad.

En CFP IN te ayudamos a cumplir con el artículo 27 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y con el Real Decreto de 26 de julio de 1957, todavía vigente, garantizando que su puesto sea seguro, adecuado y conforme a la ley.

¿En qué consiste el servicio?

Valoración del puesto y de la trabajadora

Evaluación previa del puesto

Verificamos que las tareas asignadas no estén incluidas entre las prohibidas para menores y que el entorno de trabajo sea seguro.

Evaluación de la salud Reconocimientos médicos

Reconocimiento médico específico

Realizamos una valoración sanitaria adaptada a la edad, desarrollo y características del menor, como exige la normativa de trabajadores especialmente sensibles.

Emisión de certificados e informes

Emisión de certificados e informes

Elaboramos la documentación necesaria para acreditar la aptitud laboral y la compatibilidad del puesto con la edad del trabajador.

Asesoramiento continuo

Asesoramiento continuo

En caso necesario, te orientamos en la planificación y adaptación preventiva cuando el menor se incorpora o cambian las condiciones de su puesto.

Trabajos prohibidos para menores

Trabajos prohibidos para menores

El Real Decreto de 26 de julio de 1957, todavía en vigor, regula los trabajos que no pueden ser realizados por menores de 18 años.

    Entre otros, están prohibidas las tareas que impliquen:

  • Exposición a agentes químicos, biológicos o radiaciones ionizantes.
  • Riesgos derivados del uso de explosivos, alta tensión o minería.
  • Manipulación de cargas peligrosas o trabajos en entornos insalubres o de riesgo grave.

Con CFP IN, te aseguras de que el puesto asignado sea legal, seguro y adaptado a su edad y madurez.

Antes de contratar, consulta

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Planificar con antelación es clave.

En CFP IN te ayudamos a valorar previamente el puesto, cumplir con la normativa y proteger a los trabajadores jóvenes desde el primer día.

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