Investigación, Detección y Comunicación a la Autoridad Laboral de Enfermedades Profesionales

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La enfermedad profesional es la que se contrae a consecuencia del trabajo por cuenta ajena o propia en aquellas actividades especificadas en el cuadro aprobado por el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, provocada por la acción de elementos o sustancias indicadas en dicho cuadro para cada enfermedad profesional.

Es decir, para que una enfermedad sea considerada “profesional” se deben cumplir dos requisitos fundamentales:

a) Que exista una relación causa efecto con la relación laboral.
b) Que estas patologías estén incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales, aprobado en el Real Decreto que recoge las enfermedades profesionales.

¿Qué se hace?
Si sufres un problema de salud y piensas que este está relacionado con tu trabajo, debes solicitar en tu empresa que soliciten cita con el Servicio de salud laboral con el fin de que valore tu caso y en caso pertinente se declare la enfermedad profesional que corresponda. Para catalogar como profesional una enfermedad es imprescindible que existan elementos básicos que la diferencien de una enfermedad común.

Una vez emitido este diagnóstico de sospecha, la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma trasladará a la Mutua encargada de la cobertura dicha sospecha para que emita el parte correspondiente.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como entidad gestora, es quien tiene la última palabra. Puede emitir resolución de determinación de contingencia, condenando, en su caso, a la Mutua a hacerse cargo del proceso. La enfermedad profesional implica una serie de derechos a favor del trabajador afectado.

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La enfermedad profesional es la que se contrae a consecuencia del trabajo por cuenta ajena o propia en aquellas actividades especificadas en el cuadro aprobado por el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, provocada por la acción de elementos o sustancias indicadas en dicho cuadro para cada enfermedad profesional.

Es decir, para que una enfermedad sea considerada “profesional” se deben cumplir dos requisitos fundamentales:

a) Que exista una relación causa efecto con la relación laboral.
b) Que estas patologías estén incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales, aprobado en el Real Decreto que recoge las enfermedades profesionales.

¿Qué se hace?
Si sufres un problema de salud y piensas que este está relacionado con tu trabajo, debes solicitar en tu empresa que soliciten cita con el Servicio de salud laboral con el fin de que valore tu caso y en caso pertinente se declare la enfermedad profesional que corresponda. Para catalogar como profesional una enfermedad es imprescindible que existan elementos básicos que la diferencien de una enfermedad común.

Una vez emitido este diagnóstico de sospecha, la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma trasladará a la Mutua encargada de la cobertura dicha sospecha para que emita el parte correspondiente.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como entidad gestora, es quien tiene la última palabra. Puede emitir resolución de determinación de contingencia, condenando, en su caso, a la Mutua a hacerse cargo del proceso. La enfermedad profesional implica una serie de derechos a favor del trabajador afectado.

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