Acreditación de instalaciones sanitarias propias
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tus dudas
Llámanos al teléfono
943 444 274,
De Lunes a Jueves:
08:00 – 13:30 y 14:30 – 16:30 h
Viernes:
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O rellena nuestro formulario aquí
Te ayudamos a implantar y acreditar instalaciones sanitarias propias en tu empresa para llevar a cabo actividades de vigilancia de la salud, cumpliendo con los requisitos técnicos, organizativos y legales exigidos por la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborale.
Según la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y el Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997), las empresas que deseen contar con instalaciones sanitarias propias para la vigilancia de la salud deben cumplir principalmente:
- Dotación material y técnica adecuada.
- Recursos humanos cualificados.
- Programa anual de vigilancia de la salud.
- Autorización o comunicación administrativa.
- En algunas comunidades autónomas (como Euskadi, Navarra, Cataluña…), es necesaria una autorización formal previa. En otras, basta con notificar el inicio de actividad cumpliendo requisitos formales.
¿Qué incluye nuestro servicio?
- Diagnóstico previo de viabilidad y necesidades.
- Asesoramiento técnico integral para cumplir con la normativa nacional y autonómica.
- Diseño del espacio físico, dotación técnica y perfil de profesionales requeridos.
- Elaboración del programa anual de vigilancia de la salud y sus protocolos.
- Asistencia en trámites de comunicación o autorización ante las autoridades sanitarias o laborales.
A empresas de cualquier sector y tamaño que:
- Quieran contar con un servicio sanitario interno para la vigilancia de la salud de su personal.
- Busquen integrar la salud laboral de forma directa en su estrategia de prevención.
Beneficios
- Cumplimiento legal en toda España, adaptado a la normativa de cada comunidad autónoma.
- Mayor capacidad de control y personalización del seguimiento sanitario.
- Integración real de la vigilancia de la salud en la prevención de riesgos laborales.
Acreditación de instalaciones sanitarias propias
Te ayudamos a implantar y acreditar instalaciones sanitarias propias en tu empresa para llevar a cabo actividades de vigilancia de la salud, cumpliendo con los requisitos técnicos, organizativos y legales exigidos por la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborale.
Según la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y el Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997), las empresas que deseen contar con instalaciones sanitarias propias para la vigilancia de la salud deben cumplir principalmente:
- Dotación material y técnica adecuada.
- Recursos humanos cualificados.
- Programa anual de vigilancia de la salud.
- Autorización o comunicación administrativa.
- En algunas comunidades autónomas (como Euskadi, Navarra, Cataluña…), es necesaria una autorización formal previa. En otras, basta con notificar el inicio de actividad cumpliendo requisitos formales.
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- Asesoramiento técnico integral para cumplir con la normativa nacional y autonómica.
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A empresas de cualquier sector y tamaño que:
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- Busquen integrar la salud laboral de forma directa en su estrategia de prevención.
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