Amcor Flexibles España en la Clásica Salto 15K Donosti

Amcor Flexibles España en la Clásica Salto 15K Donosti

Nuestro cliente y colaborador Amcor Flexibles España, ha  participado en la Clásica SALTO 15k Donostia San Sebastián, que de un tiempo a esta parte, se ha convertido en una prueba clave en el calendario. La carrera transcurre a través de un circuito totalmente llano que recorre las principales zonas turísticas de Donostia, y que reúne a runners, rollers y atletas con movilidad reducida. Además existen dos distancias, 15k y 5k, para que todo el mundo pueda participar en esta gran fiesta del atletismo popular.

El domingo pasado un equipo de 9 «campeones» de la empresa Amcor Flexibles España se animaron a participar y disfrutaron de un maravilloso ambiente festivo.

Eneko, Jon, Javi ,Alex, Asier ,Dani, Ignacio, Javi y Cristian, que participaron en representación de Amcor, son un claro ejemplo de puesta en marcha de prácticas de empresa saludable. Por ello y porque sois clientes, colaboradores y amigos,  en CFP IN Salud laboral nos sentimos orgullosos del estupendo equipo que formáis  y os agradecemos que nos tengáis en cuenta para  impulsar el deporte en vuestro ámbito laboral y formar parte de este tipo de iniciativas. 

Más información: 15ksansebastian.com

Publicado el VII Convenio colectivo general del sector de la construcción

Publicado el VII Convenio colectivo general del sector de la construcción

La reciente publicación en el BOE del nuevo Convenio General del Sector de la Construcción, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, ha traído Importantes novedades sobre todo en al ámbito de la formación en PRL a continuación se detallan los aspectos más destacados:

Ámbito de aplicación:

Se amplía el campo de aplicación del convenio: «Empresas dedicadas a la fabricación y ensamblaje de conjuntos, sistemas y elementos constructivos industrializados de diferentes funciones, tipologías, materiales y grados de ejecución, mediante procesos productivos de cualquier índole y nivel de industrialización, ejecutados fuera de obra y que posteriormente se trasportan e instalan en obras de construcción, o realizados dentro del recinto propio de la obra» (ANEXO I).

En materia de Formación en PRL:

  • – Se remarca la necesidad de que los alumnos asistan a la totalidad de la parte presencial (Artículo143 apartado 8).
  • – Se aclara que es necesario superar una prueba de evaluación de aptitud parar superar los cursos (Artículo 143 apartado 10).
  • – Se mantiene el criterio marcado en el anterior convenio para las personas trabajadoras que cubran puestos de trabajo u oficios que no están especificados en este convenio general, y tendrán que seguir realizando una formación acorde con los riesgos y medidas preventivas asociadas a dichas tareas.
  • – En el segundo ciclo de formación se añaden: «Trabajos de arqueología» y «Trabajos de fabricación y montaje de elementos prefabricados» (Artículo 143 apartado 3).
  • – Se añade una Formación para tareas específicas relativa a la «Formación de primeros auxilios» (Artículo 144) para aquellas personas trabajadoras que tengan encomendadas, dentro de los equipos de emergencia, las tareas de primeros auxilios, que tendrá una duración de 4 horas y será en modalidad presencial.
  • – Para los ciclos de formación: del primer ciclo (formación inicial para todas aquellas personas trabajadoras que realicen trabajos en obra que no tengan asociados riesgos especiales como, por ejemplo, vigilantes, personal de limpieza o suministradores y segundo ciclo (formación por puesto de trabajo o por oficio) de formación para personal directivo de empresa, formación para responsables de obra y técnicos de ejecución, formación para mandos intermedios, formación para administrativos y formación de nivel básico de PRL) se amplía el contenido con el «Cumplimiento operativo y legal. Conceptos generales, responsabilidades y canales de consulta.
  • – Se modifica la convalidación de la formación en materia de prevención de riesgos laborales.
  • – La formación de albañilería impartida siguiendo los criterios establecidos en el convenio, con anterioridad al 26 de septiembre de 2017, convalida la formación de “Montaje de escayola, placas de yeso laminado y asimilados”.
  • – La formación de segundo ciclo por oficio convalida la parte común de cualquiera de los otros oficios dispuestos en el apartado 3 del artículo 143 del convenio.
  • – Respecto a las convalidaciones de la formación recogida en el Convenio Estatal del Sector del Metal, se podrán convalidar de la parte común de oficios del sector de la construcción, aparte de la que ya estaba recogida en el anterior convenio, las siguientes:
    • 1. Instalación de ascensores.
    • 2. Instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras metálicas cerrajería y carpintería
    • metálica.
    • 3. Mantenimiento de maquinaria y vehículos en obras de construcción.
    • 4. Instalaciones de telecomunicaciones.
    • 5. Trabajos en gaseoductos y redes de distribución de gases combustibles.

En materia de gestión de los cursos por las entidades homologadas.

Obligaciones derivadas de la homologación.

Dicha comunicación se efectuará con una antelación mínima de cuatro (4) días naturales a la fecha de inicio prevista para la acción formativa correspondiente. La entidad podrá comunicar una acción formativa con una antelación inferior a los citados días, justificando los motivos por los que no le ha sido posible llevar a efecto la comunicación en el mencionado plazo.

En materia de TPC

Las novedades que afectan a la TPC hacen referencia al momento en que entre en vigor el Plan de Pensiones y la bolsa de empleo de los contratos indefinidos fijos-discontinuos, que se añadirán a la TPC, entre otras, las siguientes funciones:

  • – Facilitar el acceso de su titular a la información de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las aportaciones al Plan de Pensiones simplificado del Sector de la Construcción.
  • – Gestionar, en su caso, la pertenencia a la bolsa de empleo de las personas trabajadoras con contratos indefinidos fijos-discontinuos.
  • – Amplía los beneficiarios de la TPC, podrán solicitarla también el alumnado de formación en alternancia y para la obtención de la práctica profesional de aquellas familias profesionales relacionadas con la construcción.

En materia de Disposiciones mínimas de seguridad y salud:

Se añaden contenidos para clarificar y ampliar las medidas a adoptar (caída de personas, caída de objetos, protección del calor, etc.).

  • En relación con las mascarillas, se limita su tiempo de uso a 4h (Artículo 174.4).
  • En los andamios colgados, la altura de la barandilla no será inferior a 100 centímetros (Artículo 184).
  • Se amplía el redactado respecto a las medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos de movimientos de tierras, excavación, pozos, trabajos subterráneos y túneles, así como para las vías de entrada y salida (Artículos 200 y 203).
  • Se añaden condiciones relativas a los trabajos en cubiertas (Artículo 215).
  • Se adaptan las reglas específicas como consecuencia de la emisión de avisos de nivel naranja o rojo por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), según el Real Decreto-ley 4/2023.
  • Se regula la adaptación de las condiciones de trabajo ante la concurrencia de temperaturas elevadas extremas derivadas de fenómenos meteorológicos adversos (Artículo 74 bis).

Para más información, accede al contenido del BOE,
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
https://www.boe.es/boe/dias/2023/09/23/pdfs/BOE-A-2023-19903.pdf

Formación para personas trabajadoras, autónomas y desempleadas en Navarra

Formación para personas trabajadoras, autónomas y desempleadas en Navarra

Si vives en Navarra, ya puedes apuntarte a los próximos cursos 100% subvencionados por el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL) y el Ministerio de Trabajo y Economía Social que impartiremos, en modalidad presencial, en nuestras aulas de Pamplona.

CFP IN apuesta por una formación cuyo objetivo es facilitar a las personas ocupadas o desempleadas unas competencias profesionales que se vaya ajustando a las necesidades cambiantes del mercado de trabajo y que dichas personas puedan convertirse en profesionales especializados a la par que las empresas cumplan con sus obligaciones en materia preventiva.

Las principales características de estos cursos son:

  • – Estas formaciones NO son bonificadas, están subvencionada y son completamente gratuitas.
  • – Existe un % de plazas disponibles personas trabajadoras de la Administración Pública.
  • – Tendrán prioridad de plaza los trabajadores que pertenezcan como mínimo a uno de los siguientes colectivos: Mujeres, personas con discapacidad, personas de baja cualificación, mayores de 45 años, menores  de  30  años,  personas  desempleadas  de  larga  duración  y  personal  trabajador  de Pymes.

Las primeras formaciones dentro de la convocatoria 2023-2024 se encuadran en la formación del convenio del metal y son las siguientes:

  • – Prevención en trabajos en altura 8h+2h de digitalización
  • – PRL para trabajos en fontanería 20h+2h de digitalización
  • – PRL para trabajos en fontanería 6h+2h de digitalización
  • – PRL para trabajos en electricidad 6h+2h de digitalización
  • – Operaciones con plataforma elevadora 15h+2h de digitalización

¡¡No te quedes sin tu plaza!!

Mas información en www.cfp-in.com / 948281200

Nuevo marco legal para la prevención y control de la legionelosis

Nuevo marco legal para la prevención y control de la legionelosis

La prevención y el control de la legionelosis ha quedado establecida a través del Real Decreto 487/2022 , en el que se fijan los requisitos a cumplir por cualquier instalación que utilice agua en su funcionamiento, y produzca o sea susceptible de producir aerosoles, que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

Dicho real decreto, marca como ejes preventivos de la legionelosis: el diseño e implantación de Planes de Control frente a Legionella en las instalaciones objeto del mismo, ante las características y la heterogeneidad del perfil de las instalaciones susceptibles de la proliferación de Legionella.

Requisitos contemplados en la normativa:
 
1.     El titular de una instalación con riesgo de legionelosis debe contar con una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de calidad del agua en las instalaciones y equipos, emitida por persona habilitada acorde con la normativa aplicable.
 
Declaración responsable.
Es obligatoria para las nuevas instalaciones y las existentes y cuando se sometan a remodelación, a partir del 02/01/2023.
 
2.     El titular de una instalación con riesgo de legionelosis debe optar por disponer de un plan de prevención y control de legionella (PPCL) o de un plan sanitario frente a legionela (PSL).
 
a.     Plan de prevención y control de legionella (PPCL)
El plan debe constar de un diagnóstico inicial de la instalación y descripción detallada de la instalación, que incluirá:

Diagnóstico inicial y descripción de la instalación con un plano o esquema señalizado, esquema de funcionamiento del circuito hidráulico, puntos de toma de muestra, etc.

-Programa de mantenimiento y revisión de instalaciones y equipos.

– Programa de tratamiento y programa de limpieza y desinfección de la instalación.

– Programa de formación del personal.

– Programa de muestreo y análisis del agua.

– Programa de formación del personal.

b. Plan Sanitario frente a Legionella (PSL).
El PSL está basado en la evaluación del riesgo y fundamentado en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y estará adaptado a las particularidades y características de cada instalación. Los titulares de cualquier instalación que opten por desarrollar un PSL como medio de control y prevención, y hasta que dicho PSL no esté adecuadamente diseñado, planificado y validado mediante datos y/ o resultados que demuestren su eficacia, deberán mantener el correspondiente PPCL de la instalación.

Los titulares de cualquier instalación que opten por desarrollar un PSL, y hasta que dicho PSL no esté adecuadamente diseñado, planificado y validado mediante datos o resultados que
demuestren su eficacia, debe mantener el correspondiente PPCL de la instalación.

3. El titular de una instalación con riesgo de legionelosis debe disponer de un programa de formación del personal que forma parte del Plan de prevención y control de legionella (PPCL).

a. Programa de formación del personal
El Programa contemplará, acorde con las características de la instalación o de los equipos la
relación de contenidos en función de las actividades vinculadas a los PPCL de las instalaciones
frente a Legionella y de las funciones asignadas a las personas trabajadoras que intervengan en
los mismos.

b. Operaciones menores.
El personal propio o de empresa de servicios a terceros que realice operaciones menores en la
prevención y control de legionelosis, en las instalaciones, tales como mediciones de
temperatura, comprobación de los niveles de biocidas, control de pH, se incluirá dentro del plan de formación de la empresa titular de la instalación o de la empresa de servicios a terceros.

c. Operaciones relativas al programa de tratamiento
El personal propio o de la empresa de servicio a terceros que desempeña su actividad relativa al programa de tratamiento debe estar en posesión de la cualificación profesional relativa al
mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones susceptibles de proliferación de Legionella y otros organismos nocivos y su diseminación por aerosolización (SEA492_2) del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales antes del 02/01/2027.

4. Documentación de mantenimiento
El titular de una instalación con riesgo de legionelosis debe asignar personal propio con competencia adecuada para las operaciones de mantenimiento a realizar y/o disponer de un contrato que describa las tareas que contrate con un servicio externo.

Los documentación y registros de mantenimiento reflejarán la realización de las actividades y
controles establecidos en los programas, así como sus resultados, las incidencias, las medidas
adoptadas y las fechas de paradas y puestas en marcha técnicas de la instalación. Los registros
serán preferentemente en soporte informático con una declaración responsable, realizada por
el responsable técnico, el titular de la instalación o su representante legal.

5. Programa de mantenimiento y revisión
El titular de una instalación con riesgo de legionelosis debe aplicar un programa de mantenimiento y un programa de tratamiento de instalaciones y equipos conforme a las frecuencias establecidas en el anexo IV considerando los requisitos específicos establecidos para los sistemas de agua sanitaria, torres de refrigeración y condensadores evaporativos, sistemas de agua climatizada o con temperaturas similares a las climatizadas y aerosolización y para otros tipos de instalaciones
El titular de una instalación con riesgo de legionelosis debe comprobar que el almacenamiento de productos desinfectantes y demás sustancias químicas están perfectamente protegido de la irradiación solar y de las inclemencias atmosféricas.

6. Programa de muestreo
El titular de una instalación con riesgo de legionelosis debe aplicar un programa de muestreo
conforme a las frecuencias establecidas en el anexo V donde se regulan los puntos de muestreo a designar y la frecuencia de muestreo legalmente establecida (Tabla 2)

7. Actuaciones ante casos o brotes de legionelosis
El titular de una instalación en caso o brote de legionelosis debe acreditar ante la autoridad
sanitaria que se han llevado a cabo en la instalación las medidas establecidas por la autoridad
sanitaria y en el caso de existir defectos estructurales, que éstos se han corregido en el plazo
establecido.

a. Actuaciones ante casos o brotes de legionelosis.
Dichas actuaciones se describen en el anexo IX y podrán ser limpieza y desinfección de choque
con remuestreo a los 15-30 días, paralización total o parcial de la instalación, reformas
estructurales u otras que se determinen.

b. Reformas estructurales.
Si se han realizado reformas estructurales, se llevará a cabo un tratamiento de limpieza y
desinfección y una nueva toma de muestras, que se realizará entre los 15 y 30 días posteriores de la realización del tratamiento, para comprobar la eficacia de las medidas aplicadas.

Desde el momento de la publicación hasta el día de hoy han surgido numerosas dudas respecto a este nuevo RD y su aplicación por lo que el Ministerio de Sanidad, ha publicado un documento con las aclaraciones a las cuestiones más frecuentes.

Para consultar contenido pulsa aquí:

https://www.sanidad.gob.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/docs/Respuestas_a_las_custiones_mas_frecuentes_RD_487_2022.pdf

Nuevas campañas en materia de Seguridad y Salud para el año 2023 en el Pais Vasco

Nuevas campañas en materia de Seguridad y Salud para el año 2023 en el Pais Vasco

Conforme a la nueva Estrategia Vasca de Seguridad y Salud en el Trabajo 2021-2026, aprobada por el Consejo General de Osalan el pasado 13 de diciembre de 2021, se han planificado nuevas campañas en materia de seguridad y salud cuya ejecución se realizarán durante el presente ejercicio.

La Estrategia Vasca de Seguridad y Salud en el Trabajo 2021-2026 amplía el enfoque tradicional, al incorporar los riesgos asociados a nuevas modalidades laborales como el teletrabajo ademas de incluir las perspectivas de género y envejecimiento.

Las acciones planificadas están encaminadas a mejorar la prevención de riesgos laborales y proteger la salud de la población trabajadora para poder hacer frente a los retos que plantean, por ejemplo, la mayor exposición a factores de riesgo psicosocial por la pandemia, el auge del teletrabajo, la digitalización o la robotización e inteligencia artificial entre otras.

Destacamos las principales:


1. Incremento de actuaciones inspectoras en materia de Seguridad y Salud.
Conforme a la nueva e incremento de la plantilla de Inspectores y subinspectores de Seguridad y Salud.


2. Incrementar las actuaciones inspectoras en obras de construcción.


3. Continuar con el plan de choque contra la siniestralidad laboral.
− La elección de las empresas a investigar se hará mediante la Herramienta de lucha contra el Fraude (HLF). Empresas que en el último año tuvieron mayor siniestralidad o hayan tenido accidentes graves o muy graves.
− Campaña preventiva de incumplimientos materiales de seguridad y salud.
• En construcción; caídas en atura.
• En industria; atrapamientos y aplastamientos con partes móviles de los equipos de trabajo, cortes…


4. Trabajo de menores de edad, control del cumplimiento de la normativa específica que afecta a este colectivo de personas trabajadoras.


5. Campaña europea sobre trastornos musculoesqueléticos. Especial dorsolumbares.
− Desarrollada simultáneamente en los 27 estados miembros de la UE.
− Entre le 15/03 y el 30/06.
− Trabajo repetitivo, manipulación manual de cargas y evaluaciones de riesgos ergonómicos.
− Sectores; construcción almacenes, agroalimentario…


6. Condiciones ambientales adversas. No solo calor, también temperatura y humedad, tanto en el interior de los locales como en trabajos al aire libre.


7. Potenciar las campañas sobre riesgos psicosociales.


8. Investigación de accidentes laborales.
− Muy graves y mortales; se investigan TODOS y por la inspectora de guardia.
− Graves; se investigan todos y se asignan por turno.
− Leves; No se investigan todos, pero si se revisan todos y se eligen en función en la causa.


9. Prevención de riesgos con enfoque de género. Condiciones de trabajo de trabajadoras embarazadas y lactantes.


10. Campaña integral de los centros especiales de empleo. Garantizar el trabajo digno de las personas con discapacidad, así como del resto de personas que trabajen es esos centros. También en relaciones laborales.