Aprobados los nuevos derechos laborales para empleadas de hogar y ayuda a domicilio

22 octubre, 2024

Desde el pasado 12 de septiembre y tras la publicación del Real Decreto 893/2024 las empleadas de hogar y del servicio de ayuda a domicilio disponen de nuevos derechos laborales.

El nuevo marco legal se establece tras años de lucha por parte de las organizaciones sindicales y plataformas representativas, que han colaborado en su diseño. Con su aprobación, España se coloca a la vanguardia de la normativa europea en prevención de riesgos laborales para el servicio doméstico poniendo fin a décadas de infravaloración del trabajo doméstico, considerado como un pilar fundamental en la sociedad.

La nueva norma garantiza derechos esenciales como la vigilancia de la salud, formación gratuita y medidas de seguridad en el trabajo, equiparando la protección de estas trabajadoras con otros sectores. El Real Decreto introduce además herramientas y protocolos que facilitan su implementación, sin sobrecargar a las familias empleadoras.

LAS NOVEDADES 

Entre las novedades recogidas en el Real Decreto, destacan:

   -Protección efectiva en seguridad y salud en el trabajo: Las trabajadoras tendrán derecho a una evaluación de riesgos del hogar donde presten sus servicios, así como a formación preventiva específica. Las familias empleadoras serán responsables de asegurar un entorno de trabajo seguro.

  – Vigilancia de la salud: Se establece la posibilidad de un reconocimiento médico voluntario, gratuito y trienal, que el Ministerio de Sanidad incluirá en los servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

   -Protección contra la violencia y el acoso: Las empleadas del hogar y de ayuda a domicilio contarán con medidas específicas para prevenir el acoso laboral y la violencia en todas sus formas. En caso de abandono del puesto por estas razones, no se considerará dimisión ni se podrá despedir a la trabajadora.

Además, el decreto obliga a las familias empleadoras a utilizar una herramienta gratuita online para la evaluación de riesgos que correra a cargo del Instituto Nacional de Seguridad  y Salud en el Trabajo y que estará operativa en 10 meses así como la adopción de medidas preventivas. 

La evaluación de riesgos será actualizada con la periodicidad que se determine y, en todo caso, cuando se produzcan cambios en las condiciones de trabajo o con ocasión de los daños que se hayan producido. Si en esta evaluación se apreciaran situaciones de riesgo, la persona empleadora adoptará las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos, documentándolas por escrito con la fecha concreta de su adopción. Se entregará una copia de dicha documentación a la persona trabajadora para informarla de las medidas adoptadas.

La persona empleadora deberá proporcionar a las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar equipos de trabajo adecuados para el desempeño de sus funciones y equipos de protección individual, según se determine en la evaluación de riesgos y adoptará las medidas necesarias para que su utilización pueda efectuarse de forma segura.

Tendran la obligación de poner a disposición de la persona trabajadora toda la información necesaria en relación con los riesgos para la seguridad y la salud del trabajo que desempeñan y las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.

La persona empleadora asumirá personalmente dicha actividad o designará una o varias personas trabajadoras para ocuparse de dicha actividad; se tiene en consideración a las personas empleadoras por sus características personales o su discapacidad que no puedan asumir directamente las obligaciones preventivas ya que podrán delegarlas en una persona de su entorno personal o familiar, pudiendo concertar dicho servicio con un servicio de prevención ajeno, que deberá cumplir con los requisitos establecidos en la LPRL, y en su normativa de desarrollo.

El Real Decreto también regula específicamente el sector de ayuda a domicilio (SAD), estableciendo que las evaluaciones de riesgos se realicen de manera presencial en los domicilios y permitiendo modificaciones en estos para garantizar la seguridad de los trabajadores, siempre con consentimiento previo.

Con esta nueva normativa, el Gobierno refuerza el compromiso de España con la protección de las empleadas del hogar, un colectivo que hasta ahora había permanecido al margen de las protecciones básicas en el ámbito laboral.